En el contexto de un sistema de justicia sobrecargado y con importantes brechas de acceso, los Medios Alternativos de Solución de Controversias (MASC) han emergido como herramientas fundamentales para atender conflictos de manera más rápida, económica y colaborativa. La promulgación de la Ley General de Medios Alternativos de Solución de Controversias (en adelante, LGMASC) constituye un paso significativo hacia la democratización del acceso a la justicia. Sin embargo, su éxito depende de enfrentar diversos desafíos estructurales, normativos y culturales que condicionan su implementación efectiva.
La LGMASC representa un avance en la consolidación de un sistema de justicia incluyente. Mediante mecanismos como la mediación, la conciliación y los recientemente introducidos procesos de justicia restaurativa y terapéutica, la LGMASC busca no solo resolver conflictos, sino también preservar relaciones entre las partes involucradas. Esto adquiere especial relevancia en casos de índole civil, familiar, mercantil y vecinal, donde las disputas suelen tener implicaciones personales o comunitarias profundas que pueden subsistir incluso después de resuelto el conflicto.
Este enfoque en la justicia restaurativa y terapéutica, que busca reparar el daño y restablecer la armonía social, destaca como uno de los aspectos más innovadores de la legislación. Esta propuesta trasciende lo que tradicionalmente ofrece el sistema de justicia formal, promoviendo una visión más humana y colaborativa del derecho.
La LGMASC introduce figuras y procedimientos innovadores que modernizan el marco normativo, fortaleciendo a los MASC en relación con la justicia tradicional y fomentando su utilización como una opción válida y efectiva para resolver conflictos. Entre sus aportaciones más relevantes se encuentran:
- Creación del Consejo Nacional de MASC: Este órgano colegiado, honorífico y rector en materia de políticas públicas sobre mecanismos alternativos, tiene como objetivo supervisar y coordinar la implementación de los MASC en todo el país.
- Facilitadores y Centros Públicos Estatales de MASC: Los facilitadores y estos centros especializados son responsables de guiar los procesos de mediación y conciliación, asegurando su imparcialidad y eficacia.
- Abogado colaborativo y arbitraje exclusivo para profesionistas del derecho: La figura del abogado colaborativo amplía el campo profesional del derecho, permitiendo a los abogados certificados participar en procesos de negociación y arbitraje.
- Regulación de procedimientos en línea: En consonancia con la transformación digital, la Ley facilita la resolución de controversias a través de plataformas tecnológicas, favoreciendo el acceso a la justicia en zonas rurales o de difícil acceso.
- Acciones preventivas: Se establecen obligaciones de dar, hacer o no hacer, acordadas por las partes desde el inicio del procedimiento.
- Incorporación de los MASC en la justicia administrativa: La creación obligatoria de Centros Públicos de MASC en esta materia amplía el alcance de estos mecanismos.
- Consentimiento informado: Garantiza que las partes participen de manera voluntaria y consciente en los mecanismos alternativos.
- Procesos de justicia terapéutica: Estas herramientas interdisciplinarias promueven el bienestar físico, psicológico y emocional de las partes involucradas.
- Mayor énfasis en la justicia restaurativa: Se busca reparar los daños existentes, prevenir futuros conflictos y garantizar la no repetición.
A pesar de los avances que representa, la aplicación de la LGMASC enfrenta múltiples desafíos. Uno de los principales es la falta de coordinación entre los ámbitos federal y local. La implementación de los MASC recae en las entidades federativas, donde aún no se ha logrado la homogeneización normativa. Es indispensable armonizar los marcos legales locales con los lineamientos de la LGMASC, estableciendo un estándar mínimo nacional. Esta tarea deberá ser asumida por el nuevo Consejo Nacional de MASC.
Otro desafío importante es la insuficiente capacitación de facilitadores y operadores del sistema. La figura del facilitador es crucial para garantizar procesos eficientes; no obstante, el limitado acceso a programas de formación y certificación afecta la calidad de los servicios.
Además, persiste una barrera cultural significativa. La preferencia por el litigio tradicional está profundamente arraigada en la desconfianza hacia soluciones no judiciales y el desconocimiento sobre los beneficios de los MASC. Hace falta una amplia campaña de concientización social, especialmente en el contexto actual, donde el Poder Judicial enfrenta retos estructurales y administrativos. Es necesario considerar la inclusión de centros de mediación y conciliación privados que puedan auxiliar al Poder Judicial en su carga administrativa. Esta colaboración podría fortalecer la implementación de los MASC y su eficacia práctica.
Finalmente, la exclusión de extranjeros como facilitadores certificados y los desincentivos derivados de posibles sanciones civiles generan limitaciones adicionales para el desarrollo pleno de estos mecanismos.
La LGMASC se presenta como una herramienta transformadora con el potencial de cambiar la forma en que se resuelven los conflictos en México. Su implementación efectiva requiere un esfuerzo coordinado entre la Federación y los Estados para superar las brechas normativas, culturales y tecnológicas identificadas.
Es imperativo integrar el Consejo Nacional de MASC, armonizar los marcos normativos locales, garantizar la capacitación de facilitadores y operadores, e invertir en infraestructura tecnológica. Asimismo, resulta crucial fortalecer la colaboración con centros privados de MASC y promover un cambio cultural que valore estos mecanismos como una alternativa legítima y efectiva. Con un enfoque integral y sostenido, la LGMASC tiene el potencial de construir un sistema jurídico más justo, inclusivo y eficiente.
Autor: Mtro. Jesús Armando Vilchis Venegas, Docente.