Home / Investigación / El caso de "Diego N" y el lado oscuro de la IA

Publicado por: UCA 19 de diciembre, 2024

Vivimos en una era en la que la tecnología avanza a pasos agigantados. Entre sus desarrollos más fascinantes está la inteligencia artificial identificada ya normalmente como (IA), que ha transformado la manera en que creamos contenido digital prácticamente en todos los ámbitos. Sin embargo, como todo avance, su mal uso trae consecuencias graves. Un ejemplo reciente es el caso de Diego N, un joven que utilizó IA para modificar fotografías de mujeres, creando imágenes íntimas sin su consentimiento para venderlas.

Este caso pone en evidencia la vulnerabilidad de nuestra imagen en redes sociales derivada de la alteración artificial con relación a la realidad de cada persona. Lo anterior, porque la exposición que hacemos de nosotras mismas suele ser en ocasiones presa de la falta de escrúpulos de quienes explotan y hacen mal uso de esas tecnologías para divertirse, o como en este caso, lucrar con esos contenidos, sin importar el daño emocional y psicológico que puedan padecer sus víctimas, principalmente suelen identificarse a las mujeres como presas de este tipo de agresiones.

México es desgraciadamente un país que difícilmente se adelanta a las circunstancias, conductas y hechos que la modernidad va exigiendo. Sus leyes suelen adecuarse a los daños que se van presentando, como una medida surgen para curar heridas que ya se produjeron, como fue el caso de Olimpia Coral Melo, que fue víctima de violencia digital por parte de su expareja, cuando a los 18 años difundió un video íntimo sin su consentimiento, mismo que fue viralizado, ocasionado serios daños depresivos y psicológicos a ella. A pesar de ello, tomó la fortaleza suficiente para convertirse en activista y lograr impulsar una iniciativa con el fin de prevenir esas conductas a partir de su tipificación como delitos.

 

La Ley Olimpia frente a nuevos retos: violencia digital y el desafío de las tecnologías emergentes.


Aunque México cuenta con la llamada Ley Olimpia en conmemoración de ese daño ocasionado. Ordenamiento diseñado para proteger a las víctimas de violencia digital, el ciberacoso, y la difusión de contenidos sexuales e íntimos sin consentimiento. A pesar de ello, el protagonista de estas reflexiones, Diego N fue absuelto por falta de pruebas. El juez consideró que no se había comprobado su responsabilidad directa, es decir, que sus conductas no se tipificaban dentro del delito contra la intimidad sexual digital. ¿Deberán acaso la búsqueda de sanción a estas conductas sortear las dificultades que tuvo recorrer la iniciativa Olimpia de no menos de 7 años? O ¿Deberán las autoridades jurisdiccionales ser más exhaustivas en sus interpretaciones respecto de las dificultades en aplicar la Ley Olimpia en casos en que involucran tecnologías emergentes como la IA​?

 

México se encuentra en un punto de reflexión sobre los nuevos retos legales.

Si bien, la absolución de Diego N no pone fin a la historia legal de esta trama que las redes también han viralizado porque enfrenta investigaciones adicionales, en las que se incluyen posibles delitos de pornografía infantil, las reflexiones deben orientarse al análisis si las leyes realmente son preventivas y están adelantadas a su época. Y, también, si las interpretaciones de las autoridades jurisdiccionales están haciendo correctamente su función. Anteriormente, señalé que esta historia legal aún no termina, ya que activistas y colectivos, como Asamblea Digital IPN, han denunciado que estos aplazamientos y absoluciones lo único que hacen es prolongar la revictimización de las mujeres dañadas por Diego N, reflejando un sistema judicial que aún no comprende completamente la magnitud de la violencia digital y el daño que produce en sus víctimas.


Si bien, los asuntos jurisdiccionales tienen su trama y recorrido legal, ha trascendido que en uno de los elementos de prueba que es el iPad propiedad del acusado, se han localizado más de 166 mil fotografías alteradas mediante IA, que muestran una realidad íntima distinta a la de las mujeres que tomó como imagen.
Esa es también una de las grandes interrogantes, si conforme a derecho, a juicio de los tribunales no se acredita responsabilidad alguna, ¿quién se hará cargo de esas imágenes materiales que siguen circulando y no dejan de producir un daño a las mujeres que fueron víctimas de alteración en cuanto a su imagen? Finalmente, las reflexiones que hago sobre este asunto, no solamente atañen al tema de Diego N, ya que la tecnología en cuanto a la IA y él sin número de aplicaciones para computadoras y dispositivos inteligentes que a diario surgen y que de manera sencilla podemos hacer uso todos, seguramente generará más problemas en los que se involucre la imagen, voz y otras condiciones de las personas frente a una realidad artificial creada por la IA, que nos llevará a nuevos retos que enfrentará el Derecho y los tribunales frente a realidades a las que no nos acostumbramos.

Recientemente, se está publicitando aplicaciones en las que dentro de una imagen en la que aparecen dos personas de manera estática y separadas, al aplicarles la IA, estas interactúan de manera artificial en video con abrazos, caricias y besos, ¿Producirá esto un daño a la honra e intimidad de las personas sobre todo cuando llegue a las manos de personas que identifiquen si es realidad o una creación de la IA? Los memes como un pilar del entretenimiento en línea también pueden convertirse en herramientas de ciberacoso tales como las imágenes editadas que con fines “humorísticos”, ridiculizan o difaman a una persona sin su consentimiento. Lo que parece ser una broma inofensiva puede impactar en la reputación y la salud mental de quien está en el centro del “chiste” y mofa.


El uso indebido de IA y los memes comparten una raíz común, que es la falta de respeto de la privacidad y dignidad ajena. Es crucial entonces que, LAS LEYES, QUIENES LAS LEGISLAN Y QUIENES IMPARTEN Y JUZGAN EL DERECHO Y LA JUSTICIA, tengan la preparación para enfrentar los tiempos modernos. No dejando de lado por supuesto a la sociedad, familias y escuelas que, en el uso de la tecnología, se orienten a un uso ético de esta. Finalmente, la pregunta que yo haría como joven y estudiante de Derecho sería: ¿qué tan lejos estamos dispuestos a llegar en nombre del entretenimiento y cómo lo resolveremos legalmente cuando se lesionen los derechos humanos?

 

Autor: Nancy Elizabeth Aguilera Jiménez
Alumna de 4to Cuatrimestre de la Lic. en Derecho en UCA.

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